En este servicio encontraras (13)
  • Exceso de Cabida
  • ¿Qué expedientes de exceso de cabida podemos tramitar en JLA Notarios - Notaria Barcelona?
  • Expediente por exceso de cabida
  • ¿Por qué se produce el exceso de cabida?
  • Cuándo es necesario el expediente de exceso de cabida en finca, finca rústica o vivienda
  • ¿Dónde se regula el exceso de cabida?
  • Notaría para exceso de cabida: modifica los metros de una finca
  • El papel del Notario en excesos de cabida en Barcelona
  • Corregir los metros de una finca con un exceso de cabida notarial paso a paso
  • Documentación habitual para expediente de exceso de cabida
  • ¿Cuál es el precio del exceso de cabida?
  • Tributación del exceso de cabida
  • JLA Notarios para tramitar su exceso de cabida en Barcelona

Exceso de Cabida

El exceso de cabida es el nombre que recibe el procedimiento para regularizar una finca, vivienda o terreno cuando la superficie real del inmueble no coincide con la que figura inscrita en el Registro de la Propiedad, Catastro o el reflejado en la escritura de propiedad.

Estas discrepancias son habituales en fincas, fincas rústicas, terrenos segregados, viviendas con patios o anexos incorporados e inmuebles que no se han actualizado registralmente.

Como Notarios en Barcelona especializados en Derecho inmobiliario, le asesoramos para corregir los metros de su finca y tramitar el expediente de exceso de cabida en notaría y en el Registro de la Propiedad.

¿Qué expedientes de exceso de cabida podemos tramitar en JLA Notarios - Notaria Barcelona?

Los Notarios de Barcelona según el 203 de la Ley Hipotecaria podemos tramitar expedientes de exceso de cabida que sean de una diferencia de cabida inferior al 10% de fincas ubicadas en cualquier punto de España.

En el caso de diferencias de cabida superiores al 10% podemos tramitar expedientes de fincas ubicadas en Barcelona y en los Distritos Notariales colindantes. Por tanto, desde JLA Notarios podemos tramitar expedientes de excesos de cabida superiores al diez por ciento en Barcelona capital, El Prat de Llobregat, Hospitalet de Llobregat, Esplugas de Llobregat, Sant Just Desvern, Sant Feliu de Llobregat, Molins de Rei, Sant Cugat del Vallès, Cerdanyola del Vallès, Montcada i Reixac, Santa Coloma de Gramanet y Sant Adrià del Besós.

Expediente por exceso de cabida

El exceso de cabida es el procedimiento jurídico que permite rectificar la superficie inscrita de una finca cuando no coincide con su superficie real.

Así se pueden corregir las diferencias de metros reales de una finca con la registrada oficialmente:

Por ejemplo:

  • en escritura aparecen 180 m²,
  • en Catastro figuran 205 m²,
  • pero tras medición técnica la finca realmente tiene 212 m².

Estas diferencias pueden impedir vender la finca, hipotecarla o realizar operaciones de segregación, agrupación o hacer declaración de obra nueva.

Para ello, será necesario ajustar los datos de la superficie a la realidad. Modificar los metros registrados de una finca dependerá del porcentaje de diferencia existente, la documentación disponible y la situación registral de la finca.

Diferencia detectada Vía habitual de regularización
Hasta un 5% Se gestiona la rectificación registral directamente con la documentación acreditativa
Entre un 5% y un 10% Suele requerir documentación gráfica y técnica complementaria. Se puede hacer mediante escritura notarial simple, sin necesidad de exceso de cabida
Superior al 10% Requiere realizar un expediente de exceso de cabida ante Notario y posteriores trámites registrales. Este trámite está regulado en el artículo 201 y 203 de la Ley Hipotecaria

¿Por qué se produce el exceso de cabida?

Situación habitual ¿Qué suele ocurrir?
Fincas rústicas antiguas La finca fue inscrita hace años con mediciones aproximadas o con linderos poco precisos, y la superficie real resulta superior o diferente
Diferencias entre Catastro y Registro La certificación catastral refleja unos metros y la descripción registral otros distintos
Medición topográfica reciente Un técnico comprueba que la superficie real no coincide con la inscrita
Segregación o agrupación de parcelas Tras dividir, agrupar o reorganizar fincas, la superficie registral puede no haberse actualizado correctamente
División horizontal En edificios divididos horizontalmente pueden aparecer discrepancias en patios, terrazas, anexos o elementos privativos no correctamente reflejados
Compraventa, herencia o hipoteca El exceso se detecta al vender, heredar, hipotecar o revisar la documentación registral del inmueble
Discrepancias con fincas colindantes Existen dudas sobre límites físicos, linderos o delimitación de la finca respecto a parcelas vecinas

Cuándo es necesario el expediente de exceso de cabida en finca, finca rústica o vivienda

No todas las diferencias de metros en una vivienda, terreno o finca rústica se corrigen mediante un expediente de exceso de cabida.

Dependiendo del origen de la discrepancia, puede ser necesario tramitar una rectificación registral, una escritura de obra nueva o incluso una modificación de la división horizontal.

Estas son algunas de las situaciones más habituales:

Situación detectada Trámite que suele estudiarse
La finca siempre tuvo más metros de los que figuran inscritos en Registro Expediente de exceso de cabida o rectificación descriptiva
Existen diferencias entre Catastro y Registro Regularización catastral y posterior rectificación registral
La vivienda se amplió físicamente y esos metros nunca se incorporaron a escritura Escritura de ampliación de obra nueva
La ampliación existe desde hace años pero nunca llegó a declararse registralmente Escritura de declaración de obra nueva antigua
La discrepancia afecta a un piso o elemento privativo dentro de una propiedad horizontal Rectificación descriptiva de finca en régimen de propiedad horizontal
La modificación afecta elementos comunes, cuotas o distribución jurídica del edificio Rectificación de la escritura de división horizontal

Si su caso requiere actuación notarial para regularizar la superficie de la finca, podemos estudiar la documentación y asesorarle sobre la vía más adecuada.

¿Dónde se regula el exceso de cabida?

El exceso de cabida se regula en la Ley Hipotecaria, aprobada por Decreto de 8 de febrero de 1946, objeto de diversas modificaciones. Según el artículo 198 de la Ley Hipotecaria, el exceso de cabida es uno de los mecanismos para lograr la concordancia entre la realidad registral y extrarregistral.

La regulación fundamental se encuentra en el artículo 201 Ley Hipotecaria, que regula el expediente notarial de rectificación de descripción, superficie o linderos. Además, es importante el artículo 203 de la Ley Hipotecaria, que establece las personas que hay que notificar y la forma de notificación notarial.

Notaría para exceso de cabida: modifica los metros de una finca

Contar con asesoramiento notarial previo permite estudiar la vía jurídica más adecuada en cada caso.

El papel del Notario en excesos de cabida en Barcelona

En un expediente de exceso de cabida, el Notario analiza la situación jurídica, registral y catastral de la finca para comprobar si la diferencia de superficie puede regularizarse y acceder correctamente al Registro de la Propiedad.

Para ello, estudia la documentación disponible, la correspondencia entre Catastro y Registro y la viabilidad jurídica de la rectificación conforme a la legislación hipotecaria.

Corregir los metros de una finca con un exceso de cabida notarial paso a paso

Paso Tramitación del exceso de cabida ante Notario
1. Solicitud del trámite El titular de la finca solicita el estudio del exceso de cabida y aporta la documentación disponible del inmueble
2. Estudio jurídico, registral y catastral Se analiza escritura, Registro de la Propiedad, Catastro y superficie real existente
3. Revisión técnica de la finca Se revisa la medición técnica, plano georreferenciado o documentación gráfica disponible
4. Preparación del expediente notarial El Notario incorpora la documentación necesaria y formaliza el expediente correspondiente
5. Posibles notificaciones de exceso de cabida a colindantes En determinados supuestos podrán notificarse propietarios colindantes o interesados para que puedan presentar alegaciones en el plazo de un mes. Si existen, deberán tramitarse judicialmente.
6. Presentación ante el Registro de la Propiedad Sin oposición, el notario cierra el acta de expediente de cabida y lo remite al Registro para su calificación
7. Inscripción definitiva Si la documentación es correcta, el Registro actualiza la superficie inscrita de la finca y se publica en el BOE

Documentación habitual para expediente de exceso de cabida

Es habitualmente necesario:

  • Certificación catastral descriptiva y gráfica actualizada
  • Nota simple registral de la finca
  • Escritura de propiedad o título previo de la finca
  • Planos georreferenciados
  • Coordenadas georreferenciadas
  • Informe técnico o medición topográfica
  • Documentación acreditativa de la superficie real y medición actualizada de la finca

También, es posible que se solicite las siguientes pruebas:

Documentación ¿Cuándo puede aportarse?
Certificados administrativos o urbanísticos Cuando ayudan a justificar la rectificación registral
Fotografías, planos o documentación gráfica complementaria Como apoyo técnico o descriptivo del inmueble
Documentación catastral histórica comparativa Cuando existen discrepancias antiguas entre Catastro y Registro

 Tenga en cuenta que le ayudaremos a resolver su caso concreto, paso a paso.

¿Cuál es el precio del exceso de cabida?

El precio dependerá de cada finca y de los metros a rectificar, si es necesaria la medición topográfica o plano georeferenciado, del valor de la finca o si se deben practicar notificaciones a colindantes.

No obstante, el precio de los actos notariales está regulado por el Gobierno y se ajusta a la normativa reguladora del ARANCEL NOTARIAL (RD 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se regula el Arancel de los Notarios).

Así que, ¿cuánto cuesta un expediente de exceso de cabida para modificar los metros de una finca aproximadamente?

Por ello, antes de iniciar el trámite, lo más recomendable es realizar una revisión previa y valorar el procedimiento más adecuado. Pida cita ahora para facilitarle un presupuesto orientativo ajustado a su caso. Una de las cuestiones que más alteran el precio es el número de notificaciones necesarias que hay que hacer y la forma en que hay que hacerlas, que según la ley depende de cada caso concreto.

Tributación del exceso de cabida

En principio, los excesos de cabida no tributan. Si vinieran de alguna operación relacionada que no ha prescrito puede ser necesario tributar. No obstante, lo normal es no tener que pagar ningún impuesto al hacer excesos de cabida. En todo caso, le asesoraremos en su caso concreto.

FAQ a nuestro Notario para exceso de cabida en Barcelona

El plazo para tramitar un expediente de exceso de cabida suele variar según las diferencias existentes entre Catastro, Registro y realidad física de la finca.

En muchos casos, el procedimiento puede completarse aproximadamente entre 2 y 4 meses si no surge ningún problema. En casos complicados el caso puede ampliarse.


Es relativamente frecuente encontrar viviendas antiguas cuya superficie real no coincide con la que figura inscrita en el Registro de la Propiedad, especialmente cuando:

  • se realizaron ampliaciones hace años,
  • se cerraron terrazas,
  • se añadieron plantas o anexos,
  • o nunca se actualizaron correctamente los metros de la vivienda.

Dependiendo del caso concreto, puede resultar necesario tramitar un expediente de exceso de cabida para rectificar registralmente la superficie de la finca y adaptar la descripción registral a la realidad física existente. Consúltenos antes de la compra de una vivienda.


Es posible, pero en la práctica los bancos suelen exigir la adecuación a la realidad de la finca antes de conceder la hipoteca. Por tanto, si tiene intención de vender un inmueble con exceso de cabida, lo más conveniente es que lo arregle antes de ponerlo a la venta.


JLA Notarios para tramitar su exceso de cabida en Barcelona

Esperamos haber resuelto sus dudas. Si necesita corregir los metros de una vivienda, terreno o finca rústica, en JLA Notarios podemos estudiar su caso y asesorarle sobre la vía más adecuada para tramitar el expediente de exceso de cabida ante Notario y Registro.

Analizaremos la situación registral, catastral y documental del inmueble para ayudarle a regularizarlo con seguridad jurídica.

Recuerde que podemos tramitar excesos de cabida menores al 10% de fincas en toda España, mediante una escritura simple y que n el caso de diferencias de cabida superiores al 10% podemos tramitar expedientes de fincas ubicadas en Barcelona y en los Distritos Notariales colindantes. Por tanto, desde JLA Notarios podemos tramitar expedientes de excesos de cabida superiores al diez por ciento en Barcelona capital, El Prat de Llobregat, Hospitalet de Llobregat, Esplugas de Llobregat, Sant Just Desvern, Sant Feliu de Llobregat, Molins de Rei, Sant Cugat del Vallès, Cerdanyola del Vallès, Montcada i Reixac, Santa Coloma de Gramanet y Sant Adrià del Besós.

Contacte con nosotros o pida cita en nuestra notaría para valorar su expediente de exceso de cabida en Barcelona.

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