Derecho sucesorio

En este servicio encontraras (7)
  • Declaración de Herederos Abintestato en Barcelona
  • Notaría para Acta de declaración de Herederos en Barcelona y municipios vecinos
  • El papel del Notario en el acta de declaración de herederos abintestato
  • Contenido del acta de notoriedad de declaración de herederos abintestato
  • Instar el acta de notoriedad de declaración de herederos en Barcelona
  • ¿Cuál es el coste de una declaración de herederos ante Notarios?
  • Tramitar el acta de declaración de herederos abintestato con JLA Notarios

Declaración de Herederos Abintestato en Barcelona

La declaración de herederos de abintestato es un acta bastante común en las notarías, produciéndose en el momento en el que los herederos deben solicitar el derecho a la herencia de una persona fallecida. Su procedimiento difiere al de tramitar herencia con testamento y queremos explicarlo a continuación.

Notaría para Acta de declaración de Herederos en Barcelona y municipios vecinos

Se debe realizar la declaración de herederos abintestato cuando se produce el fallecimiento de una persona sin haber realizado testamento, aunque también se puede dar si, teniéndolo formalizado, no cubre la totalidad de la herencia. Asimismo, se debe tramitar también si había testamento pero es declarado nulo, lo que puede ocurrir en los siguientes casos: si el heredero no se encontrara en pleno uso de sus capacidades mentales al otorgar el testamento, el testamento se hubiese otorgado por violencia, fraude o dolo o en el otorgamiento no se hayan observado las formalidades establecidas por la ley.

Hay otra circunstancia común en la que se necesita este documento: cuando fallece alguien que, teniendo testamento, dejó como heredero a una persona que también haya fallecido previamente.

Las personas que tienen derecho a una sucesión legal son:

  • El o la cónyuge.
  • Personas emparentadas por sangre o adopción.
  • A falta de cónyuge o pareja y de todos los parientes llamados a heredar, heredaría el Estado o algunas Comunidades Autónomas

El papel del Notario en el acta de declaración de herederos abintestato

El papel del Notario es fundamental en la «declaración de herederos», ya que es el funcionario público competente que debe determinar quiénes son las personas con derecho a la sucesión, así como redactar y formalizar el acta notarial donde se especifican los porcentajes que heredan los herederos. Su figura es totalmente imparcial y asesora por igual a todas las partes intervinientes.

La gestión se realiza en la notaría, donde debe entregarse la documentación para la solicitud del acta y dónde debe firmarse el acta de abintestato. El Notario también puede pedir pruebas adicionales en el caso de que sean necesarias.

Además, como la eficacia de la declaración de herederos no es inmediata, si alguien cree que tiene derecho a heredar, también debe personificarse en la notaría para acreditarlo.

Sin embargo, tras un plazo de 20 días hábiles sin reclamo, se procederá a emitir el juicio notarial final y se podrá otorgar la herencia, realizando la aceptación de ésta.

Para formalizar declaración de herederos intestados deberá dirigirse a un Notario que se encuentre en la localidad del domicilio habitual del fallecido, del lugar donde falleció, donde se halle la mayor parte de su patrimonio o a un Notario que se corresponda con el domicilio de la persona que solicita la declaración. También se puede acudir a un Notario de un Distrito colindante con cualquiera de los anteriores.

Así, en virtud del artículo 55 de la Ley del Notariado y gracias a nuestra competencia territorial ampliada, JLA Notarios puede tramitar declaraciones de herederos en:

  • Barcelona
  • L'Hospitalet de Llobregat
  • El Prat de Llobregat
  • Esplugues de Llobregat
  • Sant Just Desvern
  • Sant Feliu de Llobregat
  • Molins de Rei
  • Sant Cugat del Vallès
  • Cerdanyola del Vallès
  • Montcada i Reixac
  • Santa Coloma de Gramenet
  • Sant Adrià del Besòs

Si el fallecido estaba vinculado a alguno de estos municipios, puede iniciar el trámite directamente con JLA Notarios, notaría para herencias en Barcelona. Más de 1.300 clientes nos avalan en Google con una valoración de 4,9 sobre 5, destacando el acompañamiento personalizado, la rapidez en la gestión y la transparencia en los honorarios.

Contenido del acta de notoriedad de declaración de herederos abintestato

El acta de declaración es el documento legal en la declaración de herederos que establece y registra los herederos legales de un fallecido. En el contenido del acta figura:

  • La identificación del fallecido: nombre completo, fecha de nacimiento y fecha de fallecimiento del difunto
  • La identificación de los herederos: nombres completos y datos de identificación de todos los que se declaran herederos legales
  • Relación con el fallecido de cada uno de los herederos, estableciendo el parentesco, matrimonio u otras formas de relación
  • Testigos: los nombres y datos de identificación de los testigos que presenciaron la declaración de herederos y que dan fe de la identidad de los herederos y su relación con el fallecido. Esto se debe a que en la firma de una declaración de herederos deben acudir siempre dos testigos
  • Jurisdicción: la ubicación geográfica donde se realiza la declaración ab intestato y la razón por la que el Notario ante el que se tramita el acta es competente para otorgarla
  • Declaraciones y afirmaciones: se plasman las declaraciones juradas de los testigos y herederos
  • Firma y sello notarial: se unen las firmas de testigos, herederos y Notario público que supervisa la declaración, así como el sello oficial del Notario
  • Fecha en que se completa el acta de declaración abintestato

Instar el acta de notoriedad de declaración de herederos en Barcelona

Para los interesados que deseen instar el acta de declaración de herederos abintestato, deberán contactar con una Oficina Notarial y solicitar una cita. Si son declaraciones de herederos en las que somos competentes y puede venir a Barcelona a firmar, podemos preparar todo lo necesario para la firma vía email o Whatsapp, o bien telefónica o presencialmente, si así lo decide. El día acordado para la firma en Notaría, deberán comparecer y aportar la documentación original necesaria.

Más preguntas relacionadas con la declaración de herederos abintestato

Explicamos más detalladamente cuestiones concretas relacionadas con la declaración de herederos abintestato en Cataluña.

Una vez iniciada el acta y aportada toda la documentación indispensable, se deberán esperar 20 días hábiles después de la firma del acta abintestato. Durante este plazo se comprobará la veracidad de la declaración, la existencia de otros interesados, o la tramitación de alguna declaración de herederos previa. Pasados estos días se emitirá el Juicio Notarial final y se otorgará la herencia. En ese momento, se preparará un segundo documento en la Notaría que se llama acta de cierre de declaración de herederos abintestato, que firmará solo el Notario. En este acta de cierre de abintestato se acredita que todo está correcto y se puede pasar a firmar escritura de herencia.


Si hay constancia en las pruebas presentadas por algún interesado de un posible heredero y se ignorase su identidad o domicilio, el Notario mediará para obtener toda la información a través de los diferentes órganos y registros. En el supuesto de que la búsqueda no fuese fructífera, el Notario deberá publicitar el acta mediante anuncio en el Boletín Oficial del Estado u otros medios de comunicación. También procederá a exponer el anuncio del acta en los tablones del Ayuntamiento (ya sea del último domicilio del causante, del lugar de fallecimiento o del lugar donde se hallen la mayoría de sus bienes).

Si obtiene su información será citado a declarar. Si no se hubiese presentado a la cita o se hubiesen declarado sin derecho después de dos meses, se emitirá copia del acta a la Delegación de Economía y Hacienda.


En el acta de declaración abintestato se hará constar la reserva del derecho a herencia ante los Tribunales tanto de los que no hayan sido localizados, como de aquellos que se hayan presentado y hayan sido declarados sin derecho a heredar.


No existe un plazo para la declaración de herederos, sin embargo, la obligación fiscal determina que se deberá realizar antes del plazo de 6 meses tras la defunción. El motivo es la existencia de sanciones relacionadas con el impago de impuestos como el Impuesto sobre sucesiones y Donaciones (ISD), que debe ser pagado antes de que acabe este plazo.


¿Qué personas y por qué orden de sucesión deberían tramitar una declaración de herederos ab intestato? Resumidamente y según el Código Civil, en su artículo 930 y posteriores, se establece que en primer lugar heredarán los descendientes (hijos o nietos) y, en segundo lugar, los ascendientes (padres o abuelos). En tercer lugar, sino existieran los anteriores, el cónyuge y, por último, los parientes colaterales hasta cuarto grado de consanguinidad (hermanos, sobrinos). Finalmente, sino hubiera herederos, el Estado sería el destinatario de la herencia.


El caso catalán presenta una serie de particularidades. Así:

  • En primer lugar, heredarán los hijos del causante y descendientes, pero si estos concurren a la herencia con el cónyuge viudo o conviviente estable del fallecido, a este último le corresponde el usufructo universal de la herencia. Además, podrá ejercer derecho de conmutación, atribuirse una cuarta parte alícuota de la herencia y el usufructo de la vivienda que compartían.
  • En segundo lugar y si el fallecido no tuviese descendientes, la herencia difiere al cónyuge viudo o conviviente en pareja estable. Aunque, en este caso, a los padres del causante se le aplicará el derecho a la legítima.
  • Sin descendientes o sin cónyuges, el total de la herencia se destina a los progenitores a partes iguales, y en el supuesto caso en el que solo viviera uno, se le otorga a éste la herencia. Si no existieran, pasaría a los ascendientes en grado más próximos (abuelos maternos y paternos).
  • Por último, la herencia pasará a parientes colaterales en el siguiente orden: hermanos e hijos de hermanos.
  • Sino existieran herederos sucederá la Generalitat de Catalunya.

Para que se pueda formalizar el acta notarial de declaración de herederos abintestato también deberán presenciarse dos testigos mayores de edad que estén relacionados y que conozcan la familia del fallecido. Estos testigos también pueden ser parientes, siempre que no tengan un interés directo en la declaración, es decir, no deben ser beneficiarios del nombramiento de herederos.


En una declaración ab intestato es común confirmar la identidad de los testigos y su relación con los herederos. Por este motivo, las preguntas más comunes son las relacionadas con los nombres de los testigos y su relación con el fallecido, el lugar y fecha de la defunción y el conocimiento sobre el cónyuge o hijos u otros familiares. También que manifiesten que las circunstancias familiares de la persona fallecida que da lugar a la declaración abintestato están consignadas en el documento notarial de forma correcta.


¿Cuál es el coste de una declaración de herederos ante Notarios?

El precio de los actos notariales está regulado por el Gobierno y se ajusta a la normativa reguladora del ARANCEL NOTARIAL (RD 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se regula el Arancel de los Notarios). Todos los Notarios deben ajustarse a las normas que regulan el arancel notarial y cobrar lo mismo por una misma actuación.

No obstante, el precio exacto de un documento notarial no puede calcularse hasta que se conoce su contenido concreto, es decir, hasta que esté firmado, pues son muchas las circunstancias que lo pueden hacer variar. El número de copias que se pide de un documento, los folios que contiene además de posibles cambios o añadidos, o la necesidad de actuaciones extras en casos especiales, pueden variar ligeramente el precio final.

Si desea recibir un presupuesto detallado, le invitamos a contactarnos directamente por la vía que le resulte más conveniente. Lo puede hacer a través del formulario de contacto de la página principal de esta web, mediante la sección contactar que encontrará en el pie de página de la web, usando el acceso directo a WhatsApp en la parte inferior derecha de esta página, enviando un correo electrónico a bcn@jlanotarios.com o llamándonos al teléfono 93 159 17 62.

De forma orientativa, le podemos adelantar que, de acuerdo a la normativa reguladora vigente, el precio habitual de la formalización de una DECLARACIÓN DE HEREDEROS suele oscilar entre 180 y 350€, incluyendo IVA.

Este precio indicativo es aproximado, pues depende de la documentación que haya que incorporar al documento, que puede variar bastante en extensión según el número de herederos, que implica incorporar más documentos con más folios.

Tramitar el acta de declaración de herederos abintestato con JLA Notarios

Tramitar el acta de declaración de herederos es uno de los procedimientos más frecuentes que se realizan en nuestra notaria. Gracias al enfoque profesional y la experiencia de nuestro equipo, nuestra notaría en Barcelona, se ha convertido en una notaría de referencia para herencias, testamentos y Derecho sucesorio en general.

En JLA Notarios ofrecemos las soluciones jurídicas más adecuadas en relación con el ámbito que afecte a la persona y a su patrimonio, siempre buscando la máxima satisfacción en el servicio. Nuestro trato cercano y cordial y nuestro trabajo dinámico y empático, tiene como objetivo conseguir la máxima eficiencia y rentabilidad para nuestros clientes. Por este motivo, nos hemos transformado, también, en una notaría online. No obstante, todavía no se pueden firmar declaraciones de herederos y herencias de forma totalmente digital.

Contacta con nosotros si necesitas un Notario en herencias en Barcelona. ¡Estaremos encantados de asistirte en JLA Notarios desde nuestra Notaría en la Avenida Diagonal de Barcelona!

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