Pago de legítima en Cataluña

Dentro de los trámites relacionados con herencias se encuentra el pago de legítima en Cataluña, que es una de las especialidades dentro de nuestros servicios de gestión de herencias en Barcelona. Por eso, deseamos adentrarle en este asunto, explicándole qué es la legítima, el porcentaje de legítima que le corresponde o cómo hacer un pago de legítima paso a paso.

Recuerde que podemos tramitar su pago de legítima siempre que pueda venir a firmar presencialmente a nuestra notaría en el Eixample de Barcelona.

La Herencia legítima en Cataluña: Qué es la legítima de una herencia

Cuando se recibe una herencia, en ocasiones, hay dudas sobre su reparto, incluso aunque haya testamento. Y es que, en ocasiones, aunque el fallecido no haya incluido a alguna persona en el testamento, existe una parte de la herencia que deben recibir por ley los herederos legítimos, también conocidos como herederos forzosos.

La legítima se constituye como una herramienta del Derecho Sucesorio para proteger económicamente a estos familiares del fallecido más cercanos. Para el pago de legítima en Cataluña se aplica el derecho foral.

En Cataluña son legitimarios los descendientes, es decir, los hijos del causante a partes iguales y en su defecto los padres del fallecido. El cónyuge no es legitimario, aunque el Código Civil le reconoce determinados derechos como el “any de plor” o residir durante un año en la residencia que compartían con el fallecido. Sin embargo, posee otros derechos determinados en la sucesión intestada y en la cuarta viudal.

¿Cuánto es la legítima en Cataluña en herencias?

El porcentaje de legítima que reciben los herederos corresponde a la cuarta parte del caudal hereditario. Esto es un 25% total de los bienes hereditarios a dividir entre los herederos forzosos. Por ejemplo, si una mujer muere y deja en testamento 250.000€ aun declarando a su marido como heredero universal, una cuarta parte de su patrimonio deberá ir a sus hijos, siendo la proporción 62.500€. Si tuviera varios hijos este importe deberá ser dividido entre el total de ellos, es decir, le corresponderían, en el supuesto de que tuviera dos hijos, 31.250€ a cada uno de ellos.

¿Qué es la legítima global y la legítima individual? Calcular la legítima en Cataluña

Se considera legítima global el valor total de los bienes que reciben los legitimarios tras descontar las deudas y gastos del causante. Asimismo, se deben tener en cuenta los bienes enajenados en los últimos 10 años anteriores al fallecimiento del causante y las donaciones o transmisiones de patrimonio realizadas. Tras una serie de cálculos se adicionan, además, el valor de los deterioros imputables al donatario.

La legítima individual es el valor que cada heredero forzoso debe recibir por separado, de la cual se deberá deducir el valor de las atribuciones imputables de la legítima.

Pago de legítima individual

Como hemos visto, para el pago a los legitimarios se deberá dividir la legítima global entre el número total de legitimarios. Se deberá contar tanto con el heredero forzoso como con aquellos que han sido desheredados, declarados indignos o los que renuncian al pago de legítima en Cataluña. Si hubiera algún legitimario fallecido o desaparecido, podrán representarlos sus descendientes, aunque si no existieran, no se consideran en el pago.

Diferencias con el pago de la legítima en España

Existen principalmente dos diferencias en el pago de la legítima entre España y Cataluña: 

  • Una de las principales diferencias es que en España los legitimarios son los hijos y el cónyuge. Si existen hijos, la legítima se divide en partes proporcionales. Si no existiera descendencia, el cónyuge obtiene la legítima. Si ninguno de estos existe, recaerá en los padres del fallecido o sus hermanos. 
  • La otra gran diferencia es el porcentaje de legítima: en España corresponde a dos tercios sobre el total de la herencia.

¿Quién paga la legítima en Cataluña?

El Código Civil catalán dispone que en primera instancia es el heredero quien debe realizar el pago a los herederos forzosos. También podrá hacerlo quien esté facultado para dicho trámite (el contador-partidor, albacea universal o un albacea de atribución particular). Por último, el cónyuge o superviviente en pareja estable también podría tramitarla.

¿Cómo se paga la legítima?

El pago de la legítima puede realizarse en bienes o efectivo que procedan de la masa hereditaria o dinero que provenga del patrimonio del fallecido. También puede ser que el fallecido haya dispuesto en su testamento cómo realizar el pago a los herederos legítimos.

¿Cuánto tiempo tiene el heredero para pagar la legítima?

Dependerá de las gestiones que deba realizar, dependiendo de aspectos como el pago de deudas y bienes que deba entregar al legitimario, como por ejemplo en el caso de inmuebles. Sin embargo y oficialmente, el Código Civil establece un año desde que se produce la muerte del causante, pudiéndose prorrogar por causas justificadas mediante una autorización judicial.

¿Cuándo prescribe la legítima en Cataluña? Plazo para pagar la legítima en Cataluña

El plazo máximo estipulado para poder reclamar el pago de legítima en Cataluña es de 10 años a partir de la fecha de fallecimiento del causante. Pasado este tiempo, el pago no se puede exigir. Si el heredero, no obstante, realizara el pago de legítima, se considerará una donación (que estará sujeta al Impuesto de Donaciones).

¿El pago de legítima está sujeto a tributos?

Los bienes recibidos en pago de legítima están sujetos al Impuesto de Sucesiones, aunque pueden aplicarse determinadas reducciones, como por parentesco. Sin embargo, también será fundamental de qué forma se realice el pago de la legítima.

Además, el pago de bienes por parte del heredero mediante bienes que le pertenecen está sujeto al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales por adjudicación en pago de deuda y con tipo impositivo del 10%.

¿Qué sucede si no se paga la legítima?

Si el heredero evita el pago de la proporción de legítima, esta se podrá reclamar judicialmente, incluso solicitar intereses moratorios que se hayan podido producir desde la fecha de fallecimiento del causante.

Escritura de pago de legítima en Cataluña

Para proceder al pago de la legítima, se deberá tramitar un documento notarial en el que consta que el heredero o la persona designada para realizar la partición de la herencia realiza el pago y de qué forma lo realiza.

El papel del Notario en el pago de la legítima

Tras una sucesión testada o intestada, se deberá tramitar una escritura de partición de herencia así como la aceptación de herencia posterior. En este caso, los legitimarios no están obligados a comparecer, salvo que interese que en el acto conste la entrega de bienes en pago de legítima, satisfaciendo al legitimario su parte proporcional de herencia y quedando reflejado en dicho documento.

Sin embargo, los legitimarios no están obligados a comparecer, y si sucede de esta forma, suele ser por haber un acuerdo con los herederos sobre el pago de legítima. Tras este pacto se realiza el pago mediante la escritura pública de pago de legítima o entrega de legítima ante Notario.

En este procedimiento se calculará la legítima global y la legítima individual. El Notario la cuantificará y verificará que el procedimiento se ha realizado correctamente, aportando seguridad jurídica en la gestión y garantizando la legitimidad de los documentos que interviene.

Documentos para escritura de pago de legítima

Se deberá aportar los siguientes documentos al tramitar la escritura de pago de legítima:

  • DNI, pasaporte, tarjeta de residencia o NIE en vigor 
  • Certificado de defunción
  • Certificado de últimas voluntades
  • Copia auténtica del último testamento otorgado
  • Documento acreditativo del valor de la legítima (la escritura de herencia donde figuren los bienes inventariados)
  • Llevar la forma de pago acordada

Renunciar a la legítima en Cataluña

Se podrá renunciar a la legítima en Cataluña siempre que se proceda tras el fallecimiento del causante, sin poder hacerlo con anterioridad. Se deberá tramitar ante Notario y deberá contar con la aprobación del resto de herederos. Si alguno de los herederos forzosos no aceptara esta renuncia, no podría llevarse a cabo.

Otras preguntas relacionadas con la legítima en Barcelona

Podrá encontrarla regulada en el Código Civil a partir del artículo 451.


Es posible desheredar a un legitimario, pero la causa debe quedar reflejada claramente en el testamento y ser acorde a las disposiciones de la ley. Estas incluyen la falta de relación familiar entre testador y legitimario.


Es posible disponer en el testamento de que se realizó un pago de legítima en vida, siempre que se haya realizado el pago mediante donación y se explicite en el testamento que dicha donación fue realizada en concepto de pago de legítima.


El precio del documento puede variar según el importe de dinero que se vaya a entregar o los bienes.

El precio de los actos notariales está regulado por el Gobierno y se ajusta a la normativa reguladora del ARANCEL NOTARIAL (RD 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se regula el Arancel de los Notarios).

No obstante, el precio exacto de un documento notarial no puede calcularse hasta que se conoce su contenido concreto, es decir, hasta que esté firmado, pues son muchas las circunstancias que lo pueden hacer variar. El número de copias que se pide de un documento, los folios que contiene además de posibles cambios o añadidos pueden variar ligeramente el precio final.

Si desea recibir un presupuesto detallado, le invitamos a contactarnos directamente por la vía que le resulte más conveniente. Lo puede hacer a través del formulario de contacto de la página principal de esta web, mediante la sección contactar que encontrará en el pie de página de la web, usando el acceso directo a WhatsApp en la parte inferior derecha de esta página, enviando un correo electrónico a bcn@jlanotarios.com o llamándonos al teléfono 93 159 17 62.

De forma orientativa, le podemos adelantar que de acuerdo a la normativa reguladora vigente, el coste del trámite ante notario de la formalización de una entrega de legítima a un hijo del fallecido mayor de 21 años en la que se haga entrega de un inmueble situado en Catalunya con un valor de 200.000€ tendría unos costes notariales aproximados de unos 675 €, sin considerar los impuestos a pagar, los costes de registro y los costes de gestión relacionados con la liquidación y pagos de los impuestos y la presentación de la escritura en el registro de la propiedad correspondiente. Este precio indicativo está calculado para un documento de contenido de 18 folios. En el caso de que la entrega fuera dineraria por el mismo valor de 200.000€, al mismo hijo mayor de 21 años, el coste de trámite notarial sería de aproximadamente 532€. impuestos y gestión aparte.


Los gastos corresponden al legitimario que percibe la entrega, salvo que exista un acuerdo entre las partes intervinientes.


Con el interrogatorio in iure nos referimos a la interpelación por parte del Notario a los herederos forzosos durante el período de aceptación de herencia para confirmar su voluntad de aceptación o no de ella.


JLA Notarios para el Pago de legítima en Barcelona

La redacción de escritura de pago de legítima es uno de los procedimientos en los que nos especializamos en nuestra notaría. Tramitar una herencia en Barcelona requiere un nivel alto de especialización para que se complete de la forma más adecuada y evite problemas posteriores.

Gracias a la formación y a la experiencia de todo el equipo, en JLA Notarios aportamos las soluciones jurídicas más adecuadas en los diferentes ámbitos que afectan a la persona y su patrimonio, donde incluimos el trámite de herencias en Barcelona, con la finalidad de poder asesorarle de forma gratuita en sus consultas. Con un trato cercano y cordial desde el primer contacto, en JLA Notarios trabajamos de manera dinámica y empática, buscando la máxima eficiencia y la mejor rentabilidad para cada cliente, atendiendo las inquietudes de cada persona o empresa de forma personalizada para su plena satisfacción. Para ello, en JLA Notarios aplicamos las nuevas tecnologías en todos los trámites, minimizando las visitas a la notaría y optimizando los tiempos de tramitación. Por este motivo, nos hemos transformado, también, en una notaría online. No obstante, actualmente la ley exige que usted venga a firmar la escritura de pago de legítima o aceptación de herencia presencialmente a nuestra notaría en la Avenida Diagonal de Barcelona.

Si necesita tramitar una herencia en Barcelona, puede ponerse en contacto con nosotros mediante nuestro mail o mediante el formulario de contacto de nuestra web. También puede consultar nuestra amplia gama de Servicios en Testamentos y Herencias y le asistiremos en lo que necesite.

JLA Notarios-Notaría Barcelona somos una notaría ubicada en el Eixample de Barcelona, en la Avenida Diagonal y somos especialistas en testamentos y herencias. Estaremos encantados de atenderles y ayudarles a redactar su testamento.  Esperamos que este escrito le haya servido de ayuda y aportado valor.

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